Ayudas al transportista

Objeto

Convocatoria para el año 2018 de las ayudas a transportistas autónomos que abandonen la actividad

Bases reguladoras

Están recogidas en la Orden FOM/3218/2009 (B.O.E. 30 de Noviembre), modificada por la Orden FOM/2835/2012 (B.O.E. 1 de Enero de 2013) y la Orden FOM 64/2017 (B.O.E. 2 de Febrero)

Créditos presupuestarios y cuantía

La cuantía máxima será de 9.330.000€ repartidos entre los beneficiarios con un importe máximo de 150.000€, quedando la ayuda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución del otorgamiento.
Se otorgará una cuantía de 30.000€ por el total de las autorizaciones de transporte público que fuera titular.
Para aquellos beneficiarios menores de 65 años se otorgará una cuantía de 5.300€ más por cada 6 meses completos que le falten para cumplir los 65 años.

Edad mínima

La edad mínima para solicitar la ayuda es de 64 años o, en caso de incapacidad permanente absoluta total o parcial o gran invalidez, quedará exenta la edad y podrá solicitarse de igual manera.

Otorgamiento

Se realizará en régimen de concurrencia competitiva

Requisitos y acreditación

  • Informe de vida laboral del Instituto Nacional de la Seguridad Social.
  • Estar al día de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
  • Certificado de inscripción en el Registro Mercantil.
  • Escrituras de constitución o documentación que indique que el beneficiario es el único socio.
  • Resolución del Instituto Nacional de la Seguridad Social con la fecha de la aprobación de la pensión por invalidez permanente en grado de total, absoluta o gran invalidez para el desarrollo de la profesión.
  • Documentación acreditativa de la autorización expresa del representante del peticionario.

Presentación de las solicitudes

Debe realizarse a través de la Sede Electrónica del Ministerio de Fomento.

Plazos y procedimiento

El plazo de presentación será al mes siguiente a la publicación en el B.O.E. Se establecerá un periodo de 10 días para presentación de alegaciones. La fecha límite será el 9 de Abril de 2018.

Vigencia de las autorizaciones de transportes

El solicitante debe tener en vigor al menos una de las autorizaciones de transporte público en el momento de la presentación de la solicitud hasta que se renuncie a ella por resultar beneficiario de la ayuda o por la aprobación de la pensión por incapacidad permanente.

Seguimiento del proceso

Podrá realizarse a través de la misma sede electrónica del Ministerio de Fomento. Al cabo de un mes se publicará en el portal web el listado de las solicitudes recibidas que funcionará como listado provisional de admitidos